En este apartado intentaré concretar y explicar de una manera sencilla y clara, aquellas ayudas y prestaciones a las cuales pueden acceder las familias con un miembro con TEA.
Es evidente que dependiendo del nivel económico que tenga la familia, podrá ofrecerle a la persona con TEA una mayor atención y trabajo individualizado mediante diferentes terapias. Pero como ya sabemos, cualquier sesión terapéutica, sea de terapia ocupacional, logopedia, alimentación, respiro familiar, etc. son muy caras y la mayoría de las familias, no pueden hacerse cargo del pago total que supone mensualmente.
Por ello, se hace fundamental ponernos las pilas y actuar cuanto antes, para solicitar las diferentes ayudas y prestaciones públicas, que nos ofrecen los diferentes estamentos a nivel autonómico y nacional para poder afrontar ese gasto extra que conlleva el tratamiento del trastorno de nuestro familiar.
El primer paso tras la confirmación del diagnostico de nuestro hijo/a, es imprescindible solicitar la tarjeta de discapacidad o certificado de minusvalía, para poder acceder a todas las ayudas y prestaciones públicas que existen actualmente.
Las prestaciones y ayudas por discapacidad, se dan a las personas con discapacidad cuando supera o iguala el 33% de grado de minusvalía (en nuestro caso, una discapacidad psíquica). A partir de este mínimo, la persona será beneficiaria de varios beneficios económicos y sociales.
Para determinar el grado de minusvalía para poder obtener las prestaciones y ayudas entró en vigor el Real Decreto 1971/1999, que figura en el Boletín Oficial del Estado, nº. 22, del 26 de Enero de 2000.
Este Decreto establece nuevos baremos y regula el procedimiento para reconocer la discapacidad.
Una de las cosas que se ha añadido ha sido, que a la hora de ver el grado de minusvalía se va a tener en cuenta no solo la discapacidad en sí, el entorno familiar, la situación laboral, educativa y cultural y la integración en la sociedad.
Las personas que tengan un grado de minusvalía igual o superior al 33% (como ya e mencionado antes), quedarán exentas de un nuevo reconocimiento.
Para solicitar las ayudas y prestaciones es necesario entregar un informe llamado reconocimiento de minusvalía o certificado de minusvalía, que ya hemos comentado, que debe ser redactado por los Equipo de Valoración y Orientación, formado por un médico, un trabajador social y un psicólogo, en este informe pondrá la discapacidad que tiene y el grado del mismo.
Este reconocimiento se gestiona y solicita de la siguiente manera:
1. La familia tiene que rellenar el impreso correspondiente y entregarlo al Centro de Valoración y Orientación que le corresponde, con la documentación necesaria.
2. Desde el Centro de Valoración se manda una cita por correo ordinario a las familias. Esta cita suele durar en torno a las 3 horas.
3. Una vez reconocida la persona por el Equipo de Valoración y Orientación, el reconocimiento se manda a la familia.
Si hay algún problema la familia tiene que revisarlo antes de los tres meses, es decir, antes de que el documento pierda vigencia.
Este proceso de reconocimiento varia, dependiendo de la situación de cada persona.
Las ayudas que se dan pueden ser:
– Apoyo a la integración en guarderías dependientes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar social.
– Pensiones:
- Ayuda Ley de dependencia -el pago es mensual-.
- Prestación Seguridad Social por hijos a cargo
– Ayudas en materia de educación (becas para alumnos/as con NEE -el pago es anual-)
– Beneficios fiscales (Deducción de familia numerosa y personas con discapacidad)
– Solicitando el Título de familia numerosa también podemos acceder a varios beneficios.
– Plan de acción social de empresas e instituciones.
Enlaces muy interesantes relacionados con el apartado que estamos tratando:
INSTITUTO DE MAYORES Y SERVICIOS SOCIALES
INFORMACIÓN SOBRE PRESTACIONES